Los
efectos de las radiaciones ionizantes y el riesgo nuclear están
desgraciadamente presentes y vigentes en el mundo actual. Aun tenemos recientes
en la memoria los accidentes nucleares de Chernobil y Fukushima.
Con
independencia de la posibilidad de que se produzcan sucesos trágicos de esa
naturaleza, existe también un riesgo cotidiano que alcanza a los trabajadores
empleados en diferentes instalaciones nucleares o que emplean materiales o equipos
radiactivos. A ellos nos referiremos en este breve comentario.
Como
ocurre con cualquier sustancia o producto, la capacidad de producir daño a las
personas depende de la dosis (cantidad
de sustancia absorbida por unidad de tiempo). Naturalmente las radiaciones
ionizantes no son una excepción a esta regla. De forma natural todos los seres
vivos del planeta recibimos cierta cantidad de radiación en dependencia del
lugar en que habitemos, ahora bien, estas dosis que podríamos llamar naturales,
no son capaces de producir daño alguno. Las personas que extraen, manipulan o
trabajan con materiales y equipos radiactivos, a pesar de las medidas de
seguridad a las que están preceptivamente sometidas, tienen un mayor riesgo de
exposición.
En
cuanto a las posibles consecuencias de recibir dosis anormalmente elevadas de
radiación, distinguiremos entre:
Efectos inmediatos o a corto plazo:
Que
pueden ir desde un eritema cutáneo hasta lesiones graves semejantes a
quemaduras térmicas.
En
ocasiones se han producido heridas necróticas localizadas que no cicatrizan
fácilmente y son tributarias de injertos cutáneos.
Puede
producirse un descenso brusco del nivel globular en la sangre, dando lugar a
plaquetopenia y/o leucopenia severas.
Son
comunes las lesiones a nivel de médula ósea con un deterioro grave de la
hematopoyesis sanguínea.
Las
neuropatías de origen radiactivo pueden dar lugar a parálisis irreversibles.
En
los casos más extremos puede producirse la muerte de las personas afectadas.
Efectos tardíos:
Diversos
tipos de tumores cancerosos y otros procesos neoplásicos.
Anomalías genéticas que pueden afectar a la descendencia.
Actividades laborales más frecuentemente implicadas en
el riesgo:
Explotación
de minerales radiactivos, producción tratamiento, manipulación, utilización,
posesión, almacenamiento, transporte y eliminación.
Operación
de cualquier equipo que emita radiaciones ionizantes por encima de 10 kV. En
este apartado entran los trabajadores de centrales e instalaciones nucleares y
el personal sanitario y auxiliar de instalaciones clínicas que manejan equipos
de radiodiagnóstico o radioterapia.
Comercialización
de fuentes radiactivas y asistencia técnica a los equipos e instalaciones.
Cualquier
otra práctica que la Autoridad competente, previo informe del Consejo de
Seguridad Nuclear, estime oportuno definir.
En
la legislación española relativa a este riesgo destaca el Real Decreto
783/2001. En Salud Laboral interesan especialmente los
artículos:
Art.
26. Vigilancia radiológica del ambiente de trabajo.
Art.
27. Vigilancia individual de las dosis recibidas.
Art
34. Historial dosimétrico del trabajador.
Los trabajadores expuestos deberán someterse a Vigilancia de su Salud de
forma periódica.
Deberán aportar a los exámenes médicos información dosimétrica
(historial, lecturas de dosis recibidas, o equivalente)
Desde el momento que tomé su libro en las manos me caí al suelo rodando de risa. Algún día espero leerlo. Groucho Marx.








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