En
España los accidentes llamados in itinere, acaecidos durante los
desplazamientos al ir o al volver del trabajo, tienen a todos los efectos
legales la consideración de accidentes laborales. Muchos de ellos son accidentes
de tráfico. De manera que si a estos accidentes de tráfico in itinere sumamos los que se producen dentro del
horario laboral en trabajadores cuya tarea principal o accesoria es la
conducción de vehículos automóviles, nos encontramos con que los accidentes de
tráfico representan un importantísimo porcentaje del total de accidentes
laborales. Si a esto añadimos que en muchos de ellos se originan lesiones
graves o incluso pueden tener consecuencias mortales, nos haremos una idea
aproximada de la enorme importancia de estos sucesos en el ámbito de la
seguridad y la salud laborales.
En
salud laboral la conducción de vehículos forma parte de los protocolos de
vigilancia de la salud que se aplican regularmente a conductores, carretilleros
y resto de trabajadores que operan vehículos o equipos móviles de cualquier
clase. A nuestro entender, y al de muchos especialistas incluyendo a la propia Autoridad Laboral, las tareas de conducción forman
parte de las excepciones al carácter voluntario de los reconocimientos médicos señaladas
en el artículo 22 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales por tratarse de puestos
de trabajo en los que el
estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para
los demás trabajadores o para otras personas, tal como reza el citado
artículo.
Existen
en la red otros foros, como el de la Dirección General de Tráfico por ejemplo, donde estos temas de seguridad
vial se tratan de manera
mucho más extensa y exhaustiva que aquí. Permitidme sin embargo, que
propongamos unos breves consejos de seguridad y salud, que acaso contribuyan a
mejorar los hábitos de los conductores y aporten nuestro granito de arena al
respeto por las medidas de seguridad y la mejora de las condiciones de los
puestos de trabajo:
Medidas de seguridad imprescindibles:
Uso
obligatorio e inexcusable del cinturón de seguridad. No sólo para el conductor
del vehículo, sino también para los eventuales ocupantes del mismo.
Evitar
durante la conducción cualquier elemento de distracción: uso de teléfonos y
otros comunicadores, programación de GPS, sintonización de aparatos de radio o
reproductores musicales, consumo de cigarrillos, etc.
Evitar la
música a un volumen demasiado elevado que dificulte escuchar los sonidos del
entorno o las señales acústicas de otros vehículos.
Por supuesto,
deben cumplirse escrupulosamente todas las normas vigentes relativas a la
conducción de vehículos.
Hábitos
higiénico-dietéticos:
Deben
evitarse las comidas copiosas. Durante el periodo de la digestión aumenta la somnolencia. Es preferible hacer cuatro o cinco
comidas ligeras al día, que una o dos demasiado abundantes.
Está
terminantemente prohibido el consumo de alcohol en cualquier cantidad durante
la jornada laboral, así como de cualquier otra sustancia psicotrópica. Es
necesaria una adecuada hidratación, mediante la ingesta frecuente de agua o
bebidas refrescantes no alcohólicas.
La
conducción de vehículos y el manejo de maquinaria peligrosa es incompatible con
el consumo de ciertos medicamentos capaces de alterar el nivel de conciencia o
producir somnolencia. Informa siempre al médico de cuál es tu puesto de trabajo
antes de que extienda cualquier receta, y sigue en todo caso sus indicaciones.
Para
afrontar una jornada laboral en condiciones físicas y psicológicas adecuadas,
es imprescindible haber descansado bien y dormido durante suficientes horas. En
caso de sensación de sueño, aparca el vehículo en un lugar autorizado y duerme
el tiempo necesario. Es aconsejable realizar breves paradas de cinco o diez
minutos, cada dos horas o dos horas y media de conducción.
Revisa tu
tensión arterial con frecuencia y no olvides los exámenes periódicos de salud,
que deben incluir entre otras pruebas, la evaluación de la capacidad auditiva y
de la agudeza visual. En caso de detectar algún problema de visión, consulta
con tu oftalmólogo a la mayor brevedad.
Condiciones ergonómicas del puesto de trabajo:
Las
cabinas, asientos de conductor o puestos de operador, deben reunir unas
condiciones mínimas que garanticen la comodidad del trabajador en permanencias
prolongadas. No olvides ajustar la distancia del asiento, la altura del
respaldo, etc., antes de iniciar la actividad.
Las
condiciones de climatización del habitáculo deben ser adecuadas, garantizando
una correcta ventilación a la vez que se eviten las corrientes de aire molestas
o excesivas.
Realiza de
forma frecuente estiramientos y ejercicios de relajación.
El consumo de alcohol puede producir amnesia y otros trastornos que en este momento no consigo recordar.
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