sábado, 21 de junio de 2025

LEYES DE ROTARIO. BAJO EL YUGO DE LOS BÁRBAROS

 


Viva el derecho romano que al esclavo manumite y a la esclava mete mano. Era este un viejo chascarrillo de los estudiantes de derecho que aquí viene al pelo, porque el derecho romano, que se había instaurado con éxito en todos los territorios que formaban parte de su Imperio, aun con todas las carencias y defectos que desde la óptica actual se le puedan imputar, constituía un cuerpo doctrinal civilizado en su época. Luego, con la caída del Imperio en Occidente, llegaron los bárbaros y se instalaron en las Galias, en Hispania y hasta en las mismas puertas de Roma. Con ellos y con sus bárbaras costumbres, quedó inaugurada la Edad Media, un periodo histórico si bien no tan negro como algunos historiadores lo han pintado, sí al menos en sus primeros momentos, lo bastante oscuro y sombrío como para marcar un retroceso manifiesto en el avance civilizador que había supuesto el periodo anterior.

 

Claro que en esto de la barbarie judicial, como en tantas cosas, existen diferentes grados. Por ejemplo, la Lex gothica o Liber Iudiciorum que promulgó en Hispania el visigodo Rescesvinto en 654, y daría origen al Fuero Juzgo ya en el siglo XIII, no es comparable al edicto que publicó el rey lombardo Rotario en la Italia de 643, pieza jurídica cuya acentuada barbarie sobrecoge. Rotario, que era analfabeto, lo dictó a un escribiente que lo plasmó en un latín macarrónico. Constaba de 388 capítulos, y se basaba en las viejas costumbres longobardas reguladas por el principio de la faida o venganza privada, por la que aquella partida de salvajes provenientes de las duras estepas y de la taiga, se asesinaban entre sí con la menor excusa. El de Rotario era un código de derecho civil y penal. Fijaba las tarifas o guidildro que el ofensor pagaba al ofendido como reparación del daño causado.


Los lombardos eran en la Italia septentrional, una minoría demográfica y una casta cerrada. Ferozmente racistas, despreciaban a los romanos y los itálicos a quienes trataban como a un pueblo vencido. El código identificaba al individuo con los animales y objetos de su pertenencia. Si alguien sacaba un ojo a un caballo, era como si se lo hubiera sacado a su dueño. La fractura de una costilla valía doce dineros, la ruptura de un diente, dieciséis. Con todo, la pena de muerte no era muy frecuente. Sólo la sufrían las mujeres que mataban o traicionaban a sus maridos, los esclavos que agredían a sus amos, los traidores y los desertores. Casi todas las penas se sustanciaban en amputaciones de miembros, algunas veces tan brutales, que teniendo en cuenta la precariedad de los recursos sanitarios de aquel tiempo, equivalían en la práctica a una condena de muerte. Los procedimientos judiciales eran esencialmente tres: el juramento, el Juicio de Dios u ordalía, y el duelo.

 

El duelo se celebraba en un espacio cerrado delimitado con cuerdas, algo así como un ring de boxeo. En él luchaban los dos contendientes. Al vencido se consideraba culpable, y se le amputaba la mano derecha. El Juicio de Dios sustituía al juramento en las controversias graves. La ordalía tenía lugar en presencia de un juez y en el atrio de una iglesia. Quien defendía su inocencia, debía introducir la mano en una gran olla de agua hirviendo. Se bendecía el agua en el nombre del Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, y a continuación, el reo introducía su mano en ella. Sólo si resultaba ileso y sin daño se le consideraba inocente, y ninguna crónica de la época da testimonio de sentencias de absolución.


Aunque los lombardos habían abrazado formalmente el catolicismo, es dudoso que alguno de ellos fuera un auténtico creyente, como probablemente tampoco habían sido muy devotos de su anterior credo arriano. Los longobardos eran muy supersticiosos. Tenían un temor acérrimo a Satanás, y requerían bendiciones a todas horas y con cualquier excusa. Parece que a ellos debemos la gran proliferación de pilas de agua bendita permanentemente disponibles en todos los rincones de la cristiandad. Así lo atestigua Gabriel Pepe en su obra Medioevo barbárico d’Italia, y así lo transmite Indro Montanelli.

Rotario murió en 652, pero su código le sobrevivió, como le sobrevivieron los usos y costumbres bárbaras en el área de influencia lombarda, el norte de Italia y los ducados de Spoleto y Benevento. El profe Bigotini no debe tener ni una gota de sangre bárbara, pues nunca se introduce en su relajante baño templado sin comprobar que el agua se encuentra a los reglamentarios y agradables 40 grados.

 

-Y usted, ¿a qué se dedica?

-Soy jurista.

-No le creo.

-Oiga, se lo juro.


No hay comentarios:

Publicar un comentario