lunes, 5 de enero de 2026

EXPOSICIÓN A RADIACIONES IONIZANTES. EN EL NÚCLEO DEL RIESGO

 


Los efectos de las radiaciones ionizantes y el riesgo nuclear están desgraciadamente presentes y vigentes en el mundo actual. Aun tenemos recientes en la memoria los accidentes nucleares de Chernobil y Fukushima.

Con independencia de la posibilidad de que se produzcan sucesos trágicos de esa naturaleza, existe también un riesgo cotidiano que alcanza a los trabajadores empleados en diferentes instalaciones nucleares o que emplean materiales o equipos radiactivos. A ellos nos referiremos en este breve comentario.

 

Como ocurre con cualquier sustancia o producto, la capacidad de producir daño a las personas depende de la dosis (cantidad de sustancia absorbida por unidad de tiempo). Naturalmente las radiaciones ionizantes no son una excepción a esta regla. De forma natural todos los seres vivos del planeta recibimos cierta cantidad de radiación en dependencia del lugar en que habitemos, ahora bien, estas dosis que podríamos llamar naturales, no son capaces de producir daño alguno. Las personas que extraen, manipulan o trabajan con materiales y equipos radiactivos, a pesar de las medidas de seguridad a las que están preceptivamente sometidas, tienen un mayor riesgo de exposición.

En cuanto a las posibles consecuencias de recibir dosis anormalmente elevadas de radiación, distinguiremos entre:

 

Efectos inmediatos o a corto plazo:

Que pueden ir desde un eritema cutáneo hasta lesiones graves semejantes a quemaduras térmicas.

En ocasiones se han producido heridas necróticas localizadas que no cicatrizan fácilmente y son tributarias de injertos cutáneos.

Puede producirse un descenso brusco del nivel globular en la sangre, dando lugar a plaquetopenia y/o leucopenia severas.

Son comunes las lesiones a nivel de médula ósea con un deterioro grave de la hematopoyesis sanguínea.

Las neuropatías de origen radiactivo pueden dar lugar a parálisis irreversibles.

En los casos más extremos puede producirse la muerte de las personas afectadas.


Efectos tardíos:

Diversos tipos de tumores cancerosos y otros procesos neoplásicos.
Anomalías genéticas que pueden afectar a la descendencia.

 

Actividades laborales más frecuentemente implicadas en el riesgo:

Explotación de minerales radiactivos, producción tratamiento, manipulación, utilización, posesión, almacenamiento, transporte y eliminación.

Operación de cualquier equipo que emita radiaciones ionizantes por encima de 10 kV. En este apartado entran los trabajadores de centrales e instalaciones nucleares y el personal sanitario y auxiliar de instalaciones clínicas que manejan equipos de radiodiagnóstico o radioterapia.

Comercialización de fuentes radiactivas y asistencia técnica a los equipos e instalaciones.

Cualquier otra práctica que la Autoridad competente, previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear, estime oportuno definir.


En la legislación española relativa a este riesgo destaca el Real Decreto 783/2001. En Salud Laboral interesan especialmente los artículos:

 

Art. 26. Vigilancia radiológica del ambiente de trabajo.

Art. 27. Vigilancia individual de las dosis recibidas.

Art 34. Historial dosimétrico del trabajador.

 

Los trabajadores expuestos deberán someterse a Vigilancia de su Salud de forma periódica.

Deberán aportar a los exámenes médicos información dosimétrica (historial, lecturas de dosis recibidas, o equivalente)

 

Desde el momento que tomé su libro en las manos me caí al suelo rodando de risa. Algún día espero leerlo.  Groucho Marx.

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